Invertí en un producto estructurado

En RBN Reclamaciones Bancarias asesoramos a todos los clientes que en su momento contrataron algún “Producto Financiero Estructurado” (Depósitos Estructurados”, “Fondos Estructurados”, “Bonos Estructurados”, Warrants o “Unit Linked”) y no han podido recuperar la inversión. Te explicamos cómo.
¿En qué consisten?

Los Productos estructurados son activos negociables híbridos que surgen de la combinación de dos o más productos financieros, de alto riesgo, con un vencimiento determinado y una rentabilidad ligada a la evolución de un activo subyacente: puede estar indexado a la evolución de una acción o cesta de acciones, a un índice bursátil, al precio de determinadas materias primas, a la evolución del tipo de cambio entre dos divisas determinadas, a un determinado tipo de interés, etc.

Presentan una atractiva rentabilidad, pero dicha rentabilidad, y, en la mayoría de los casos, el rescate del capital invertido, se encuentra condicionada a la evolución del activo subyacente tomado como referencia.

La CNMV define el producto estructurado como aquel “activo que se forma combinando dos o más instrumentos financieros, generalmente productos de renta fija e instrumentos derivados. La parte de renta fija suele cumplir la función de proteger un porcentaje determinado del capital invertido a vencimiento, mientras que con la contratación del instrumento o instrumentos derivados se persigue aprovechar la evolución (al alza o a la baja) de uno o varios activos subyacentes.”

¿Por qué surgieron?

Los Productos estructurados surgieron como una alternativa a los plazos fijos y las acciones:

Respecto a las IPFs, presentan la ventaja de que los depósitos tradicionales ofrecen una escasa rentabilidad debido a los bajos tipos de interés imperantes en el mercado desde hace años.

Respecto a las acciones, presentan la ventaja de que ofrecen una mayor seguridad y menor volatilidad de la que, en principio, puede ofrecer la inversión en Bolsa pura y dura.

¿Qué clases de productos estructurados?

Es posible encontrar bajo el nombre de “Producto estructurado” productos totalmente diferentes en función de la forma jurídica elegida, la estructura de rendimiento, la posibilidad de pérdida del capital invertido o del índice tomado como referencia.

Así, podemos encontrar productos estructurados en los que el capital esté 100% garantizado, parcialmente garantizado, o en los que el capital no se encuentre garantizado.

Según la forma jurídica elegida, podemos encontrar “Depósitos Estructurados”, “Fondos Estructurados”, “Bonos Estructurados”, Warrants o “Unit Linked”.

Según el activo subyacente tomado como referencia podemos encontrar, entre otros, los siguientes Productos Estructurados:

  • Referenciados a la evolución de una acción o cesta de acciones: por ejemplo, la evolución de las acciones Telefónica y Repsol a 4 años
  • Referenciados a la evolución de un determinado índice bursátil: Ibex 35, Eurstoxx 50, S&P 500, etc
  • Referenciados a la evolución del precio de determinadas materias primas, como por ejemplo, el Brent (petróleo), oro, plata, etc
  • Referenciado a la evolución del tipo de cambio entre dos divisas, como por ejemplo, EUR/USD, EUR/JPY, EUR/GBP, etc

 

Productos como el Tridente de Banco Santander, Bono Autocanjeable BBVA, Certificado Cancelable BNP, CILP BANKINTER, Bono Fortaleza, Producto Estructurado Multiestrategia Optimal, Bono EMTN ING, BBVA Multicupón, BACOM, Bono BEI DEUTSCHE BANK, BN EUROPEAN INVEST BK 5.75, Bono Cántabro III o Bono Santander 17, son algunos de los Productos Estructurados que las entidades financieras han venido colocando a sus clientes.

¿Cómo funcionan?

Tomemos, por ejemplo, el Bono estructurado Repsol-Telefónica a 4 años (en este caso el producto está referenciado la evolución de las acciones Telefónica y Repsol).

Rentabilidad: en cada fecha de observación anual (cada 22 de octubre), el producto ofrece la posibilidad de obtener un pago en función del supuesto que tenga lugar cada año:

  • Año 1. Si el peor de los dos valores está por encima del 60% de su valor inicial, el producto paga un cupón del 10% y continúa un año más
  • Año 2. Si el peor de los dos valores está por encima del 100% de su valor inicial, el producto paga un cupón del 10% y se cancela, devolviendo el capital invertido
  • Año 3. Si el peor de los dos valores está por debajo del 60% de su valor inicial, el producto no paga cupón y continúa un año más
  • A vencimiento, si el peor de los dos valores está por encima del 60% de su valor inicial el producto paga un cupón del 10% y devuelve el capital invertido. En caso de que el peor de los dos valores termine por debajo del 60% de su valor inicial habrá una pérdida equivalente a la caída de dicha acción

 

 

¿Cuándo surgieron los problemas?

Los problemas surgieron porque las entidades financieras han venido sistemáticamente incumpliendo las dos obligaciones de información impuestas por la Ley del Mercado de Valores a la hora de comercializar este tipo de productos:

  • Obligación de informar al cliente sobre la conveniencia e idoneidad del producto estructurado, lo que implica, según la CNMV y la European Securities and Markets Authorithy (ESMA), que las entidades financieras deban “abstenerse de comercializar o recomendar la compra” de productos estructurados “cuando crean que no son lo mejor para el cliente”
  • Obligación de informar sobre las características y riesgos del producto

 

Miles de clientes minoristas han contratado productos estructurados sin recibir la información adecuada o sin adecuarse a su perfil, a sus conocimientos financieros o experiencia inversora previa, y han sufrido importantes pérdidas patrimoniales.

En tales casos, los Tribunales vienen condenando a las entidades bancarias a reintegrar al cliente todo lo invertido, así que no lo dudes, si te encuentras en una situación similar llámanos y te asesoraremos en lo que necesites.

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