La tarjeta Visa &Go es una de las tarjetas más comercializadas por CaixaBank, siendo ofrecida de forma sistemática por sus empleados en el marco de una publicitada campaña de promoción, en la que únicamente se destacan las bondades de la tarjeta:
"Emisión y mantenimiento gratuito", "paga a tu ritmo", "devuelve el crédito a plazos", "tú eliges qué cantidad quieres pagar mensualmente", etc.
Pero Caixabank omite el elemento más esencial del contrato: el tipo de interés a aplicar, que puede llegar a ser de hasta un 29%TAE.
Los Tribunales están anulando la tarjeta Visa &Go, y condenando a la entidad a devolver a sus clientes todos los intereses, comisiones y primas de seguro que le han estado cobrando.
¿Quieres saber por qué?.
En unos casos, por usura; y en otros, por falta de transparencia, depende del tipo de interés que Caixabank Payments Consumer haya estado cobrando por la tarjeta. Nos explicamos:
Las condiciones financieras de la tarjeta Visa Go no son las mismas para todos los clientes: en unos casos (la gran mayoría hay que decir) se les ha estado cobrando entre un 23% y un 29,82% TAE; y en otros (los menos) se les ha estado cobrando alrededor de un 15%.
Pues bien, en los primeros casos se está anulando la tarjeta por usura, ya que el límite marcado por el Tribunal Supremo es de un 20% por lo que todas las tarjetas de crédito que hayan estado cobrando un tipo de interés superior se consideran que son nulas de pleno derecho por usura.
El segundo de los casos (clientes a los que se les ha estado cobrando un 15%), la tarjeta VISA GO se está anulando por falta de transparencia, ya que el tipo de interés predispuesto por Caixa viene oculto en la letra pequeña del contrato entre una maraña de cláusulas y estipulaciones.
Depende de la antigüedad de la tarjeta y del uso que se haya hecho de la misma.
En términos generales, por nuestra experiencia, podemos distinguir dos supuestos:
Dos cosas:
Por un lado, que Caixabank no puede seguir cobrando intereses a sus clientes.
Y por otro, que tiene que devolver a sus clientes todos los intereses que le ha estado cobrando.
Te ponemos un ejemplo: imagínate que tienes una tarjeta desde 2008, y que estás pagando 90 € al mes de los que 40 son intereses y comisiones. El cálculo sería el siguiente:
Por supuesto.
Muchos de nuestros clientes no han podido seguir pagando las cuotas de la tarjeta. En esta situación, la práctica habitual de las entidades bancarias es vender la deuda a los denominados “fondos buitres”, sociedades domiciliadas en el extranjero que se dedican a comprar carteras de créditos fallidos y posteriormente reclamarlos. Tienen distintos nombres: PRA Iberia, Estrella Receivables, Lindorff, TTI Finance, Hoist Financial…
La estrategia llevada a cabo por estos “fondos buitres” suele ser muy agresiva de acoso telefónico contra los clientes que no se encuentran al día en el pago de las cuotas la tarjeta.
En estos casos, da igual que el cliente no se encuentre al día o que el crédito se haya cedido: Caixabank sigue obligada a devolver todos los intereses que le han estado cobrando .
Da igual. Aunque el cliente haya cancelado la deuda de la tarjeta, la tarjeta esté caducada, o hace años que no se utilice… El cliente tiene igualmente derecho a que le devuelvan todos los intereses y las comisiones que le han estado cobrando.
El derecho a reclamar es imprescriptible, ya que la nulidad por usura es una nulidad de pleno derecho, que no prescribe nunca.
No cobramos ninguna cantidad por anticipado.
Solamente cobramos al final de la reclamación, siempre y cuando el cliente haya recuperado su dinero, un 15% del total recuperado .
Si el cliente no recupera nada, nosotros no cobramos nada .
Es nuestro compromiso con toda la clientela.
Para iniciar el procedimiento, el cliente nos tiene que firmar una autorización para poder reclamar en su nombre.
Con esta autorización, enviamos un requerimiento extrajudicial al Servicio de Atención al cliente de Caixabank, que en un plazo aproximado de un mes, contesta a la reclamación.
En estos momentos Caixa está tratando de llegar a acuerdos con los clientes, rebajando el tipo de interés de la tarjeta, pero sus propuestas no están siendo aceptadas, ya que no están ofreciendo la total eliminación de los intereses, que es, en definitiva, el derecho que está siendo reconocido por los Tribunales. Así que nos vemos obligados a interponer la demanda judicial.
El procedimiento en el Juzgado es muy sencillo: demanda, contestación, audiencia previa (es un trámite al que acudimos los abogados básicamente para proponer las pruebas), y sentencia. Es decir, es un procedimiento todo por escrito y no hay juicio, por lo que el cliente no tiene que acudir a declarar delante del Juez.