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Los Tribunales vuelven a anular los acuerdos de eliminación de las “cláusulas suelo” ofrecidos por Caja Rural por falta de transparencia.

  • 21 de Enero de 2020

El pasado día 16 de diciembre de 2019 el Juzgado de 1ª Instancia 7 Bis de Pamplona, especializado en cláusulas abusivas, ha vuelto a confirmar la nulidad de los acuerdos de eliminación de las “cláusulas suelo” ofrecidos por Caja Rural de Navarra a sus clientes, y por lo tanto, la nulidad también de las renuncias a reclamar predispuestas en estos acuerdos.

La sentencia dictada por este Juzgado, con jurisdicción en toda Navarra, es importantísima y da la razón a multitud de despachos de abogados que vienen desde hace años peleando contra estas prácticas totalmente irregulares llevadas a cabo por Caja Rural de Navarra en los años 2015 y 2016, permitiendo a todos los afectados, poder recuperar todo lo pagado de más.

El Juzgado entiende que la renuncia a reclamar contenida en los acuerdos de eliminación de la cláusula suelo que Caja Rural hacía firmar a sus clientes, no venía contemplada en la oferta que previamente les hacía llegar, en la que simplemente se planteaban cinco opciones diferentes de eliminación del suelo de la hipoteca.

La renuncia a reclamar solamente se incluía en el documento final que se firmaba en la propia oficina de Caja Rural, de forma absolutamente “sorpresiva”, según califica el Juzgado, y sin que el cliente pudiera examinar detenidamente las condiciones del documento, ni asesorarse externamente de su contenido.

Asimismo, la sentencia entiende que el modo de proceder de Caja Rural de Navarra no fue transparente pues ocultó a sus clientes que la inmensa mayoría de los Tribunal, no sólo estaban declarando la nulidad de las cláusulas suelo, sino, lo que es más importante, estaban condenando a las entidades bancarias a devolver las cantidades cobradas demás.

En definitiva, el Juzgado concluye que este tipo de acuerdos ofrecidos por Caja Rural de Navarra son nulos de pleno derecho, las renuncias a reclamar son ineficaces, y en definitiva, condena a la entidad a devolver al cliente todas las cantidades indebidamente cobradas demás en virtud de la cláusula suelo.

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